¿Qué es?
Es una acción de promoción de la implantación de innovaciones tecnológicas en las pymes aragonesas, impulsada por el Gobierno de Aragón a través de
· Fomentar la innovación en las PYMES en el ámbito tecnológico
· Facilitar el establecimiento de relaciones y conocimientos entre las pymes y los grupos/centros de investigación tecnológica de nuestra Comunidad
· Ayudar a la transferencia y aplicación de conocimientos tecnológicos de nuestros grupos de investigación/centros tecnológicos al sector empresarial.
¿En que consiste?
El cheque de innovación tecnológica, consiste en una ayuda económica para la implantación de innovaciones tecnológicas en las pymes, desarrolladas por grupos /centros de investigación aragoneses, en las dos vertientes siguientes:
1.- Que la innovación tecnológica haya sido desarrollada como consecuencia de estudios y/o diagnósticos tecnológicos previos realizados individualmente a la empresa beneficiaria.
2.- Que la innovación tecnológica proceda de un desarrollo propio del grupo/centro de investigación y que pueda aplicarse a la empresa solicitante.
Estas ayudas alcanzaran un valor máximo de 8.000 euros, que
¿Quién puede solicitar un cheque?
Cualquier PYME que tenga su sede social o establecimiento de producción en la Comunidad Autónoma de Aragón cuyo proyecto objeto de ayuda esté localizado en dicho territorio.
¿Qué proyectos se pueden realizar?
Aquellos proyectos que supongan para la empresa la incorporación de nuevos conocimientos y/o tecnologías necesarios para innovar en un producto, proceso de producción o prestación de servicio.
Ámbitos de aplicación preferentes:
· Tecnologías avanzadas de procesos industriales
· Tecnologías avanzadas de procesos industriales
· Procesos de diseño y mejora de productos
· Nuevos materiales
· Tecnologías de sostenibilidad y medioambiente
· Biotecnología y tecnologías aplicadas a alimentación, salud y confort
· Tecnologías avanzadas de Logística, transporte y distribución
· Validación tecnológica de productos
· Diseño de productos y servicios orientado a personas
· Certificación de sistemas I+D+i
· Tecnologías de comunicación avanzada
¿Qué deben de hacer las empresas?.
1. - La empresa solicitará la ayuda, con la utilización del formulario de solicitud, debiendo presentar además, una memoria técnica y económica o descripción del proyecto, que enviará a
2.-
3.- Aquellas empresas cuyo proyecto se vaya a incorporar al programa deberán justificar antes, de recibir su cheque tecnológico, el encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con
5.- Una vez realizada la actuación según la memoria presentada,
6.- Se establece la obligación por parte del perceptor de la ayuda de manifestar la recepción del Cheque Tecnológico en sus referencias públicas al proyecto o actuación y a los logros conseguidos.
7.- El beneficiario no podrá obtener más de un cheque por convocatoria. Por otro lado:
· Si el coste de la actuación es inferior a 8.000,
· Dos o más beneficiarios podrán agrupar sus cheques para contratar con un mismo centro proveedor la resolución de un problema de interés común. En este caso, cada una de las empresas aportará su cheque de innovación tecnológica como pago de la asistencia técnica contratada.
8.- Las solicitudes del “Cheque Tecnológico” se presentarán entre el 30 de septiembre de 2009 y el 30 de diciembre de 2009 junto con la documentación pertinente, dirigidas a la sede de